Fecha de publicación:
8 de marzo de 2016
Objeto:
Convocar, durante el año 2016, la concesión de subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de favorecer la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, fomentando que al menos 20 empresas o entidades pongan en práctica acciones positivas de igualdad en las áreas subvencionables
¿Quién lo puede solicitar?:
Empresas, entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes, y personas físicas empleadoras, que cumplan los requisitos
¿Qué requisitos debo cumplir?:
Tener domicilio social en Castilla y León, y realizar alguna de las actuaciones subvencionables en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.
¿Para qué es la ayuda?:
Serán subvencionables las medidas siguientes, debiéndose ejecutar desde el 1 de enero al 31 de octubre de 2016:
a) Área de acceso al empleo: Acciones que promuevan una mayor igualdad de oportunidades en el acceso a cualquier puesto de trabajo dentro de la organización.
b) Área de condiciones de trabajo y desarrollo profesional: Acciones que mejoren la situación de la mujer en la empresa a través de la revisión de la clasificación profesional, igualdad en materia retributiva, tipología de contrato, presencia de mujeres en cargos de responsabilidad y acciones que favorezcan la presencia de las mujeres en áreas y niveles en los que estén subrepresentadas.
c) Área de ordenación del tiempo de trabajo: Medidas de adaptación de la jornada para favorecer la igualdad entre mujeres y hombres, la vida familiar, así como la corresponsabilidad, mejorando lo establecido legalmente.
d) Área de prevención del acoso: Actuaciones dirigidas a prevenir y actuar ante el acoso sexual y por razón de sexo.
e) Área de comunicación y lenguaje: Acciones dirigidas a implantar un uso inclusivo del lenguaje en la comunicación interna y externa y a promover una publicidad no discriminatoria y exenta de estereotipos de género.
f) Área de formación: Formación específica para mujeres que les permita ocupar puestos de mayor responsabilidad o acceder a puestos de trabajo en los que la presencia de la mujer es minoritaria. Acciones de formación y sensibilización en igualdad de oportunidades y no discriminación entre mujeres y hombres, dirigidas al personal de la entidad.
g) Área de planes de igualdad: diseño, negociación e implantación del plan de igualdad de la empresa, acordado con la representación de la plantilla, en empresas de menos de 250 trabajadores.
Cuantía:
- La cuantía máxima de la subvención será de 10.000 € por beneficiaria, sin que en ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas o subvenciones, pueda superar el 75% del coste total de la actuación subvencionada, financiando la entidad solicitante el 25% restante.
- La determinación de la cuantía exacta de la subvención correspondiente a cada beneficiaria se realizará en función de la valoración obtenida, según los criterios establecidos, y se repartirá de manera proporcional a la puntuación obtenida.
- Estas subvenciones estarán sujetas a tributación, conforme al régimen fiscal que sea de aplicación a cada beneficiaria.
¿Qué documentos necesito?:
Solicitud, en modelo normalizado, dirigida al Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León, y acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
Documentación a presentar (100 kbytes)
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:
Desde el 9 de marzo de 2016 hasta el 8 de abril de 2016
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
- Preferentemente en la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades , sita en la calle Mieses, núm. 26, de 47009-Valladolid.
- En las oficinas de registros de las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales de las distintas provincias.
- Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León.
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 (LRJAP).
Electrónico:
- Se admite presentación por TELEFAX. , siendo el nº oficial a estos efectos el 983 41 09 55.
- Por Internet desde ésta misma página Ver requisitos técnicos.
Organismo:
Responsable:
Gestor:
Que resuelve:
Plazo de resolución:
El plazo máximo de resolución y notificación será de 4 MESES contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderá DESESTIMADA la solicitud.
Notificaciones:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
- En el Boletín Oficial de Castilla y León.
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Información adicional:
JUSTIFICACIÓN
La fecha límite para la presentación de la documentación justificativa de las actividades subvencionadas será el 4 de noviembre de 2016, inclusive.
COMPATIBILIDAD
Las subvenciones concedidas serán COMPATIBLES con otras, cualquiera que sea la Administración o entidad pública o privada que la conceda, nacionales o de la Unión Europea o internacionales, que para la misma finalidad, reciba la beneficiaria, sin que en ningún caso pueda superarse el coste total de la actividad subvencionada.